Código Penal estatal

Artículo 309 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 309.- Son apelables en efecto devolutivo:

I.- Las sentencias definitivas que absuelvan al acusado;

II.- Los autos en que se decrete el sobreseimiento en los casos de las fracciones III, V y VII del Artículo 275, y aquellas en que se niegue el sobreseimiento;

III.- Los autos en que se niegue o conceda la suspensión del procedimiento judicial; los que concedan o nieguen la acumulación de autos, y los que decreten la separación de autos;' IV.- Los autos, de formal prisión, los de sujeción a proceso y los de falta de elementos para procesar;

V.- Los autos en que se conceda o niegue la libertad provisional bajo caución, y los que resuelvan algún incidente no especificado;

VI.- Los autos en que se niegue la orden de aprehensión o de comparecencia solo son apelables para el Ministerio Público;

VII.- Los autos en que un Tribunal se niegue a declarar su incompetencia por declinatoria, o a librar el oficio inhibitorio a que se refiere el Artículo 369;

VIII.- Los autos que nieguen el aseguramiento o la restitución de la cosa o la entrega de los bienes, en los casos a que se refiere este código; y IX.- Las demás, resoluciones que señala la Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 309 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit?

Son apelables en efecto devolutivo: I.- Las sentencias definitivas que absuelvan al acusado; II.- Los autos en que se decrete el sobreseimiento en los casos de las fracciones III, V y VII del Artículo 275, y aquellas en…

¿Está vigente el artículo 309?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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