Artículo 207 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando se desecha la recusación se impondrá al recusante multa equivalente de tres a diez días de salario mínimo general vigente en la zona.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.