Artículo 254 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los peritos que acepten el cargo tienen obligación de protestar su fiel desempeño ante el funcionario que practique las diligencias.
En casos urgentes, la protesta la rendirán al producir o ratificar su dictamen.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.