Artículo 297 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los documentos redactados en idioma extranjero se presentarán originales, acompañados de su traducción al español. Si ésta fuere objetada, se ordenará que sean traducidos por los peritos que designe el Tribunal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.