Artículo 318 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El valor de los registros cinematográficos, fonográficos, audiovisuales, o cualquier otro medio para reproducir las cosas, ordenados por el Juez de la causa y grabados en su presencia, harán prueba plena.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.