Artículo 332 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Antes de cerrarse el debate, el funcionario que presida la audiencia preguntará al acusado si quiere hacer uso de la palabra, concediéndosela en caso afirmativo.
En la audiencia final del juicio el defensor podrá formular la defensa oral del acusado, sin perjuicio del alegato escrito que quisiera presentar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.