Artículo 383 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Declarado visto el asunto, quedará cerrado el debate y el tribunal de apelación pronunciará el fallo que corresponda, en un término de quince días, confirmando, revocando o modificando la resolución apelada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.