Artículo 527 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La autoridad que resuelva la amnistía, el indulto, o el reconocimiento de la inocencia del sentenciado, comunicará su resolución al juez de ejecución, quien realizará las actuaciones necesarias para su cumplimiento y otorgando, en su caso, la libertad al sentenciado.
(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 18 DE JUNIO DE 2011)
CAPITULO XI DEL PROCEDIMIENTO (ADICIONADO, P.O. 18 DE JUNIO DE 2011)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.