Artículo 11 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La policía judicial actuará bajo la autoridad y el mando inmediato del Ministerio Público. Por ello, limitará sus actuaciones a las diligencias que éste le ordene conforme a la ley.
Los peritos que auxilien al Ministerio Público gozarán de plena autonomía técnica para la elaboración de sus dictámenes.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 9 DE NOVIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.