Artículo 208 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El juez ordenará a petición de parte, que cualquiera dependencia de administración telegráfica le facilite copia de los telegramas por ella transmitidos o recibidos;
siempre que esto pueda contribuir al esclarecimiento de un delito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.