Artículo 301 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las señales o vestigios que se encuentren en él, lugar en que se cometió el hecho delictuoso, las huellas del presunto autor, las manchas, objetos materiales, instrumentos de su comisión o cualquiera otra cosa física relacionada con la actividad delictuosa o que haya sufrido las consecuencias inmediatas del delito, constituirán indicioso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.