Artículo 420 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La declinatoria podrá promoverse en cualquier estado del procedimiento judicial. Si se plantea durante la instrucción, el Tribunal que conozca del asunto podrá seguir actuando válidamente hasta que el Ministerio Público y la defensa formulen conclusiones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.