Código de Proc. Penales estatal

Artículo 463 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si durante el juicio enloqueciere el encausado, el juez en un plazo no mayor de quince días, a partir del momento en que tenga conocimiento del estado del procesado, oyendo el parecer de los médicos legistas, suspenderá el proceso durante el lapso en que subsista ese estado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 463 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

Si durante el juicio enloqueciere el encausado, el juez en un plazo no mayor de quince días, a partir del momento en que tenga conocimiento del estado del procesado, oyendo el parecer de los médicos legistas, suspenderá…

¿Está vigente el artículo 463?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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