Artículo 515 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando los tribunales decreten la pérdida, en favor del Estado, de instrumentos y objetos del delito, la confiscación de cosas peligrosas o nocivas o el decomiso de bienes pertenecientes al enriquecimiento ilícito a que se refieren los Artículos 63, 64 y 65 del Código Penal, se pondrán a disposición del Ejecutivo para los efectos a que se refieren las disposiciones legales citadas.
CAPITULO II CONDENA CONDICIONAL
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.