Artículo 186 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las diligencias de prueba serán desahogadas con la asistencia de las partes, quienes tendrán el derecho de intervenir con toda la amplitud que convenga a sus intereses, de acuerdo con la Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.