Artículo 372 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La declinatoria podrá promoverse en cualquier estado del procedimiento judicial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.