Código de Proc. Penales estatal

Artículo 409 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La acumulación tendrá lugar:

I. En los procesos que se sigan contra una misma persona, en los términos del Art. 15 del Código Penal;

II. En los que se sigan en investigación de delitos conexos; y III. En los que sigan contra los copartícipes de un mismo delito.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 409 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco?

La acumulación tendrá lugar: I. En los procesos que se sigan contra una misma persona, en los términos del Art. 15 del Código Penal; II. En los que se sigan en investigación de delitos conexos; y III. En los que sigan…

¿Está vigente el artículo 409?

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