Artículo 115 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De los incidentes conocerá el Alcalde, Juez o Tribunal de quien dependa el impedido o recusado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.