Artículo 128 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los autos contendrán, cuando no sean de mero trámite, una breve exposición del punto de que se trate y la resolución correspondiente precedida de sus fundamentos legales. Cuando los autos sean de mero trámite, bastará la simple expresión de éste.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.