Artículo 165 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En casos urgentes se podrá usar telefax, teléfono o telégrafo o cualquier otro medio de comunicación; en el mensaje se expresarán con toda claridad las diligencias que han de practicarse, el funcionario o la parte que la solicitó, el nombre del inculpado si fuere posible, el delito de que se trate, el fundamento de la providencia y el aviso de que se mandará posteriormente el oficio de colaboración, exhorto o requisitoria en forma que ratifique el mensaje.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.