Artículo 269 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todo inculpado tendrá derecho, durante la averiguación previa y en el proceso judicial, a ser puesto en libertad bajo caución, inmediatamente que lo solicite, si se reúnen los siguientes requisitos:
(REFORMADA, P.O. 26 DE MAYO DE 2000)
I.- Que garantice el monto estimado de la reparación del daño.
El monto de la reparación del daño, tratándose de delitos que afecten la vida o la integridad corporal, no podrá ser menor de los establecidos en el artículo 27 del Código Penal;
(REFORMADA, P.O. 3 DE JUNIO DE 1995)
II.- Que garantice la multa que en su caso pudiera imponerse;
III.- Que otorgue caución para el cumplimiento de las obligaciones que, en términos de ley, se deriven a su cargo en razón del proceso; y IV.- Que no se trate de los delitos que por su gravedad están previstos en el artículo 23 Bis A de este Código.
(REFORMADO, P.O. 27 DE AGOSTO DE 1994)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.