Artículo 315 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La acumulación tendrá lugar:
I.- En los procesos que se instruyan en averiguación de delitos conexos;
II.- En los que se sigan contra los copartícipes de un delito;
III.- En los que se sigan en la averiguación de un mismo delito, contra diversas personas;
IV.- En los casos que se sigan contra una misma persona, cuando se trate de varios delitos en actos distintos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.