Código de Proc. Penales estatal

Artículo 333 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si se decretase la separación, conocerá del proceso separado el Tribunal que conforme a la ley habría sido competente para conocer de él, si no hubiere habido acumulación. Dicho Tribunal, si fuere diverso del que decrete la separación, no podrá en ningún caso rehusarse a conocer del proceso separado que se le remita.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 333 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

Si se decretase la separación, conocerá del proceso separado el Tribunal que conforme a la ley habría sido competente para conocer de él, si no hubiere habido acumulación. Dicho Tribunal, si fuere diverso del que…

¿Está vigente el artículo 333?

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