Artículo 538 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las partes podrán tomar en la Secretaría del Tribunal, los apuntes que necesiten para alegar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.