Artículo 307 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 307.- El auto de sobreseimiento surtirá los efectos de una sentencia absolutoria, y una vez ejecutoriado tendrá el valor de cosa juzgada por lo que respecta a las personas y a los delitos que en él se expresen. Será apelable en el efecto devolutivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.