Artículo 7 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 7o.- Cuando el ofendido sea menor de edad puede querellarse por sí mismo y, si a su nombre lo hace otra persona, surtirá sus efectos la querella si no hay oposición del ofendido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.