Artículo 125 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La persona que deba ser reconocida indicará quien o quienes podrán asistir a la diligencia de reconocimiento cuando quiera que la acompañen.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.