Artículo 177 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se procederá también a la confrontación cuando el que declare asegure conocer a una persona y haya motivos para sospechar que no la conoce.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.