Artículo 199 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los documentos no redactados en español se presentarán originales acompañados de su traducción al castellano.
Si ésta fuera objetada, se ordenará que sean traducidos por los peritos que designe el tribunal.
CAPITULO IX Valor jurídico de la prueba
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.