Código de Proc. Penales estatal

Artículo 463 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para la decisión de las competencias se observarán las siguientes reglas:

I.- Las que se susciten entre tribunales de igual categoría se decidirán conforme a los artículos anteriores, y si hay dos o más competentes, a favor del que haya prevenido; y, II.- Las que se susciten entre los tribunales del Estado y los de otro Estado, se decidirán conforme a las leyes federales aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 463 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Para la decisión de las competencias se observarán las siguientes reglas: I.- Las que se susciten entre tribunales de igual categoría se decidirán conforme a los artículos anteriores, y si hay dos o más competentes, a…

¿Está vigente el artículo 463?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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