Artículo 475 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las actuaciones se asentarán en los expedientes en forma continua, sin dejar hojas o espacios en blanco; y cuando haya que agregar documentos, se hará constar cuáles son las hojas que les corresponden, siendo deber del secretario el cumplimiento de este precepto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.