Artículo 478 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cada diligencia se asentará en acta por separado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.