Código de Proc. Penales estatal

Artículo 514 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando tengan que practicarse diligencias fuera del Estado, el juez que conozca del proceso encomendará su cumplimiento por exhorto al que corresponda.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 514 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Cuando tengan que practicarse diligencias fuera del Estado, el juez que conozca del proceso encomendará su cumplimiento por exhorto al que corresponda.

¿Está vigente el artículo 514?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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