Artículo 514 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando tengan que practicarse diligencias fuera del Estado, el juez que conozca del proceso encomendará su cumplimiento por exhorto al que corresponda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.