Artículo 520 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Tan luego como el Tribunal Superior de Justicia tenga conocimiento que un juez del Estado no obsequia, sin razón, un exhorto recibido de una entidad de la Federación o del extranjero, tomará las medidas necesarias para que se desahogue legalmente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.