Artículo 534 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para la práctica de un cateo en la residencia oficial de los Poderes del Estado o en las oficinas dependientes de los Poderes Federales en el mismo Estado, el tribunal decretará la diligencia, si procede; pero al iniciarse, el ejecutor dará conocimiento de ella al titular de la dependencia donde va a practicarse o a quien legalmente lo represente, los que podrán estar presentes en el cateo, si así lo desean.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.