Código de Proc. Penales estatal

Artículo 587 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En el caso del artículo anterior, si alguno de los interesados desea que se le haga notificación personal, podrá ocurrir a más tardar el día siguiente al en que se fije la lista, solicitándolo del funcionario encargado de hacerla. Si dentro de ese término no se presentaren los interesados, la notificación se tendrá por hecha por la simple publicación de la lista.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 587 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

En el caso del artículo anterior, si alguno de los interesados desea que se le haga notificación personal, podrá ocurrir a más tardar el día siguiente al en que se fije la lista, solicitándolo del funcionario encargado…

¿Está vigente el artículo 587?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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