Código Penal estatal

Artículo 314 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 314.- Cuando se ofrezca como garantía fianza personal por cantidad que no exceda del equivalente a cien veces el salario mínimo, general vigente para el Estado o hipoteca, el fiador deberá comprobar que tiene bienes raíces inscritos en el Registro Público de la Propiedad, cuyo valor no sea menor que el monto de la caución más la cantidad necesaria para cubrir los gastos destinados a hacer efectiva la garantía; tratándose de hipoteca se deberá presentar certificado de libertad de gravámenes expedido por el encargado del Registro Público de la Propiedad, que comprenda un término de diez años y constancia de estar al corriente en los pagos de las contribuciones respectivas, para que el Ministerio Público o Juez califique la solvencia, en estos casos, la autoridad que conceda la libertad girará oficio al citado registro para que se haga la anotación de este gravamen o se proceda a la inscripción de la hipoteca; con la salvedad de que, tratándose de instituciones de crédito o de empresas afianzadoras legalmente constituidas y autorizadas no será necesario que demuestre su solvencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 314 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 314 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Cuando se ofrezca como garantía fianza personal por cantidad que no exceda del equivalente a cien veces el salario mínimo, general vigente para el Estado o hipoteca, el fiador deberá comprobar que tiene bienes raíces…

¿Está vigente el artículo 314?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.