Artículo 197 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. En el acta de la jornada electoral, lo relativo al escrutinio y cómputo para cada elección contendrá por lo menos:
a) El número total de las boletas sobrantes que fueron inutilizadas;
b) El número de votos emitidos a favor de cada partido político o candidato;
c) El número de votos nulos;
d) El número de representantes de partidos políticos que votaron en la casilla sin estar en el listado nominal de electores;
e) La relación de los incidentes suscitados, si los hubiere, y f) La relación de escritos de protesta presentados por los representantes de los partidos políticos al término del escrutinio y cómputo.
2. En todo caso, se asentarán los datos anteriores en las formas aprobadas por el Consejo General.
3. Los funcionarios de las mesas directivas de casilla, con el auxilio de los representantes de los partidos políticos, verificarán la exactitud de los datos que consignen en el apartado de escrutinio y cómputo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.