Artículo 262 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Las sanciones administrativas se impondrán tomando en cuenta:
a) La gravedad y modalidad de la falta en que se haya incurrido;
b) El grado de participación;
c) Las circunstancias socio-económicas del infractor;
d) Los motivos determinantes y los medios de ejecución;
e) La antigüedad en el servicio;
f) La reincidencia, y g) El monto del beneficio obtenido y el daño o perjuicio económico derivados de la falta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.