Artículo 42 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Son prerrogativas de los partidos políticos:
a) Tener acceso a la radio, televisión y medios impresos en los términos de la Constitución General, el Código Federal y este Código;
b) Participar, en los términos de este Código, del financiamiento público correspondiente para sus actividades, y c) Gozar del régimen fiscal que se establece en este Código y en las leyes de la materia.
CAPÍTULO PRIMERO DEL ACCESO A LA RADIO, TELEVISIÓN Y MEDIOS IMPRESOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.