Artículo 130 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ser integrante de mesa directiva de casilla se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y ser residente en la sección electoral que comprenda a la casilla;
II. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores;
III. Contar con CREDENCIAL;
IV. Estar en ejercicio de sus derechos políticos;
V. Tener un modo honesto de vivir;
VI. Haber participado en el curso de capacitación electoral impartido por la junta distrital ejecutiva correspondiente del INE;
VII. No ser servidor público de confianza con mando superior, ni tener cargo de dirección partidista de cualquier jerarquía, y VIII. Saber leer y escribir y no tener más de 70 años al día de la elección.
Las mesas directivas de casilla se integrarán con un presidente, un secretario, dos escrutadores y tres suplentes universales, designados conforme al procedimiento señalado la LEGIPE y demás disposiciones aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.