Artículo 133 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los Presidentes de los CONSEJOS MUNICIPALES se coordinarán con los funcionarios de las mesas directivas de casilla de su demarcación territorial y les proporcionarán la documentación, el material y útiles necesarios para el desempeño de las atribuciones que les confiere este CÓDIGO.
LIBRO CUARTO DEL PROCESO ELECTORAL TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES (REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.