Artículo 254 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El CONGRESO o la Comisión Permanente, en su caso, expedirá el Bando Solemne para dar a conocer en toda la entidad la declaración de Gobernador Electo que hubiese hecho el TRIBUNAL, el cual será publicado en el Periódico Oficial del Estado.
Los Ayuntamientos darán a conocer a la población el Bando Solemne expedido por el CONGRESO, de conformidad con las disposiciones reglamentarias respectivas. En la capital del ESTADO, el titular del Poder Ejecutivo lo dará a conocer por lo menos una vez, en el exterior de Palacio de Gobierno.
CAPÍTULO IV DEL PROCEDIMIENTO DE CÓMPUTO Y DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.