Artículo 317 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Dentro de los procesos electorales, la Comisión de Denuncias y Quejas instruirá el procedimiento especial establecido por la presente sección, cuando se denuncie la comisión de conductas que:
I. Violen lo establecido en la Base III del artículo 41 o en el octavo párrafo del artículo 134 de la CONSTITUCIÓN FEDERAL;
II. Contravengan las normas sobre propaganda política o electoral; o III. Constituyan actos anticipados de precampaña o campaña.
(ADICIONADO, P.O. 13 DE JULIO DE 2020)
La Comisión de Denuncias y Quejas instruirá el procedimiento especial establecido en esta sección, en cualquier momento, cuando se presenten denuncias, o de oficio, por hechos relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género.
(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.