Artículo 32 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El CONGRESO, a solicitud del CONSEJO GENERAL, podrá ajustar o variar los plazos de las diferentes etapas del proceso electoral ordinario o extraordinario, cuando exista imposibilidad material para su realización, debiendo publicar previamente los ajustes o variaciones en el Periódico Oficial del Estado.
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.