Código Electoral estatal

Artículo 99 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son fines del INSTITUTO:

I. Preservar, fortalecer, promover y fomentar el desarrollo de la democracia en la Entidad;

II. Preservar y fortalecer el régimen de PARTIDOS POLÍTICOS;

III. Garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político- electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones;

IV. Organizar, desarrollar y vigilar la realización periódica y pacífica de las elecciones para renovar al titular del Poder Ejecutivo, a los integrantes del Poder Legislativo, de los Ayuntamientos y, en su caso, calificarlas;

V. Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y VI. Coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura cívica, política democrática.

(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 99 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

Son fines del INSTITUTO: I. Preservar, fortalecer, promover y fomentar el desarrollo de la democracia en la Entidad; II. Preservar y fortalecer el régimen de PARTIDOS POLÍTICOS; III. Garantizar a los ciudadanos el…

¿Está vigente el artículo 99?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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