Artículo 12 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Constitución Política del Estado, el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un ciudadano que se denominará Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, electo bajo el principio de mayoría relativa en toda la Entidad, por votación libre, secreta y directa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.