Artículo 279 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El conjunto de Candidatos Independientes, según el tipo de elección, accederán a la radio y la televisión como si se tratara de un partido de nuevo registro, únicamente en el porcentaje que se distribuye en forma igualitaria a los partidos políticos, en términos de lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los Candidatos Independientes sólo tendrán acceso a radio y televisión en campaña electoral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.