Artículo 320 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son órganos competentes para la tramitación y resolución del procedimiento sancionador:
I. El Consejo General; y II. La Secretaría Ejecutiva, por conducto de su Titular.
(REFORMADO, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
Los Consejos Distritales fungirán como órganos auxiliares, para la tramitación de los procedimientos sancionadores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.