Código Electoral estatal

Artículo 352 de Código Electoral del Estado de Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los Medios de Impugnación deberán presentarse por escrito, debiendo cumplir con los requisitos siguientes:

I. Serán interpuestos por triplicado y ante la Autoridad señalada como responsable del acto o resolución impugnados;

II. Hacer constar el nombre del actor;

III. Señalar domicilio para oír y recibir notificaciones;

IV. Acompañar el o los documentos que sean necesarios para acreditar la personería del promovente;

V. Señalar el medio de impugnación que hace valer;

VI. Identificar el acto o resolución impugnada y la autoridad responsable del mismo;

VII. Mencionar de manera expresa y clara los hechos en que se basa la impugnación, los agravios que cause el acto o resolución impugnados y los preceptos legales presuntamente vulnerados;

VIII. Ofrecer y aportar las pruebas dentro de los plazos para la interposición o presentación de los medios de impugnación previstos en el presente Código; mencionar, en su caso, las que deban requerirse, cuando el promovente justifique que oportunamente las solicitó por escrito al órgano o a la Autoridad competente y éstas no le hubieren sido entregadas; y IX. Hacer constar el nombre y la firma autógrafa del promovente.

Cuando la vulneración reclamada verse exclusivamente sobre puntos de derecho, no será necesario cumplir con el requisito previsto en la fracción VIII del párrafo anterior.

(NOTA: EL 5 DE DICIEMBRE DE 2019, EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LOS CONSIDERANDOS QUINTO Y SEXTO, ASÍ COMO EN LOS RESOLUTIVOS SEGUNDO Y TERCERO DE LA SENTENCIA DICTADA AL RESOLVER LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 108/2019 Y SU ACUMULADA 118/2019, DECLARÓ LA INVALIDEZ DEL DECRETO NÚMERO 203 QUE REFORMA EL PÁRRAFO TERCERO DE ESTE ARTÍCULO INDICADO CON MAYÚSCULAS, LA CUAL SURTIÓ EFECTOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUÉL EN EL QUE CONCLUYA EL PRÓXIMO PROCESO ELECTORAL ORDINARIO DEL ESTADO DE HIDALGO, CUYA JORNADA HABRÁ DE VERIFICARSE EL SIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE DE ACUERDO A LAS CONSTANCIAS QUE OBRAN EN LA SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. DICHA SENTENCIA PUEDE SER CONSULTADA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA http://www2.scjn.gob.mx/).

(REFORMADO, P.O. 9 DE SEPTIEMBRE DE 2019)

RESPECTO A LO PREVISTO EN LA FRACCIÓN III DE ESTE ARTÍCULO, SE REALIZARÁ NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DE LA RESOLUCIÓN CUANDO LAS PARTES ASÍ LO SOLICITEN. E (SIC) TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO PROVEERÁ DE UNA CUENTA INSTITUCIONAL DE CORREO ELECTRÓNICO LA CUAL PERMITIRÁ VERIFICAR Y CONFIRMAR LA FECHA Y HORA EN QUE LA NOTIFICACIÓN HA SIDO RECIBIDA EN EL BUZÓN DEL MEDIO ELECTRÓNICO. LAS PARTES DEBERÁN MANIFESTAR EXPRESAMENTE SU VOLUNTAD DE QUE SEAN NOTIFICADOS POR ESTA VÍA.

CAPÍTULO IV CAUSALES DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 352 de Código Electoral del Estado de Hidalgo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 352 de Código Electoral del Estado de Hidalgo?

Los Medios de Impugnación deberán presentarse por escrito, debiendo cumplir con los requisitos siguientes: I. Serán interpuestos por triplicado y ante la Autoridad señalada como responsable del acto o resolución…

¿Está vigente el artículo 352?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.